Ante la necesidad urgente e inaplazable de proceder a la constitución de una Bolsa de Trabajo de Monitor/a de Ocio y Tiempo Libre, con el fin de dar cobertura temporal y no permanente para prestar los cursos, programa o proyectos de actividades de ocio y tiempo libre que proyecte el Ayuntamiento para los jóvenes y niños/as de la localidad como viene haciendo desde hace años.
Es objeto de la presente, regular y aprobar las bases para proceder a la creación de una bolsa de trabajo para futuras contrataciones de personal laboral en el puesto o puestos de trabajo de Monitor/a de Ocio y Tiempo Libre, todo ello mediante el sistema de concurso.
Una vez constituida la Bolsa de Trabajo, su pertenencia no supondrá, bajo ningún concepto, existencia de relación jurídica alguna entre el/la aspirante y el Ayuntamiento Villanueva de Alcardete hasta que no sea llamado/a para ocupar un puesto de trabajo y se formalice la relación contractual de duración determinada.
La Bolsa de Trabajo tendrá una vigencia de dos años desde la fecha que establezca la Resolución de la Alcaldía-Presidencia por la que se resuelva la constitución de la Bolsa de Trabajo de Monitor/a de Ocio y Tiempo Libre, fecha en la que se publicará en el Tablón de anuncios y en la página web municipal www.villanuevadealcardete.es salvo que se decida su extinción durante el periodo de vigencia de la Bolsa por razones de eficacia, estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera u otras que determine la legislación o el interés general. Transcurrido el plazo de vigencia de dos años, la Bolsa de Trabajo se podrá ver prorrogada hasta la constitución y creación de una nueva Bolsa Trabajo.
La constitución de esta Bolsa de Trabajo de Monitor/a de Ocio y Tiempo Libre anula las anteriores que actualmente existan de la misma categoría o denominación similar.